I Condemn

115 YO CONDENO dichas calidades se han de quedar en vuestra Diócesis, enviéis una relación de los que son al Marqués de San Germán, para que los reserve, que al he ordenado lo que en esto se debe hacer: y vos haréis el dicho examen de tal manera, que no haya fraude, ni engaño, como lo confío de vuestro mucho celo del servicio de Dios, y mío. Y pues una de las causas, que me han movido a mandar hacer esta expulsión, ha sido evitar la graves ofensas, y sacrilegios, que esta gente cometía contra Dios nuestro Señor, os encargo mucho la conciencia, para que por ningún respeto humano reservéis a ninguno de quien vos mismo no tengáis entera satisfacción de que ha sido, y es verdadero Cristiano, y fiel vasallo; porque de lo contrario tendría yo justa causa de dolerme de vos, de quien hago tanta confianza; además de que faltaría des a la obligación de vuestro oficio: y en cualquier tiempo que se entendiere haber quedado alguno, en quien no concurran las dichas calidades, se expulsaría, y enviareisme una relación de los que reservaréis, así hombres, como mujeres, y de qué lugares son. De Madrid a nueve de Hebrero de. 1610. YO EL REY. Andrés de Prada.

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