I Condemn

122 YO CONDENO menosprecio y ofensa de Dios nuestro Señor, como se ha visto por la multitud de ellos que se han castigado por el Santo Oficio de la Inquisición. De más de lo cual, han cometido muchos robos, y muertes contra los cristianos viejos. Y no contentos con esto, han tratado de conspirar contra mi Corona Real, y estos reinos, procurando el socorro y ayuda del Turco, yendo y viniendo personas enviadas por ellos a este efecto. Y esta misma diligencia hicieron con otros Príncipes, de quien se prometían ayuda, ofreciéndoles sus personas y haciendas y milita contra ellos la vehemente presunción y sospecha de todos los dichos delitos pues no se halla ninguno de los susodichos haya venido a revelar en tantos años ninguna cosa de sus maquinaciones y conspiraciones, antes bien las han siempre encubierto, y negado: lo que es clara señal de que todos han sido de una misma opinión y voluntad contra el servicio de Dios y mío, y bien de estos reinos pudiendo imitar a muchos caballeros de los suyos de esclarecida sangre, que han servido y sirven a Dios, y a los señores reyes mis progenitores y a mí , como buenos cristianos y leales vasallos. Considerado pues todo lo susodicho, y la obligación precisa que yo tengo de poner remedio a ello, y procurar la conservación y aumento de mis reinos y súbditos. Y deseando cumplir con ella me he resuelto, con parecer y consejo de muchos doctos hombres, y de otras personas muy cristianas y prudentes, celosas del servicio de Dios, y del mío, de expeler de los dichos reinos de Granada, y Murcia, y Andalucía, y de la villa de Hornachos, aunque este fuera de los límites de los dichos reinos, todos los dichos cristianos nuevos moriscos que en ellos hay, así hombres, como mujeres, y niños. Como quiera que cuando algún grave, y detestable crimen se comenten por algunos de algún colegio, o universidad es razón que el tal Colegio, o Universidad sea disuelto y aniquilado, y los menores por los mayores, los unos y los otros sean punidos y aquellos que pervierten el buen y honesto vivir de las Repúblicas, y de sus ciudades y villas, sean expelidos de los pueblos, para que su contagio no se pegue a los otros. Por tanto en virtud de la presente ordeno y mando, que todos los Cristianos nuevos moriscos, sin exceptuar ninguno, que viven y residen en los dichos reinos de Granada, y Murcia y Andalucía, tal dicha villa de Hornachos, así hombres, como mujeres de cualquier edad que sea, tanto los naturales, de ellos, como no naturales que en cualquier manera, o

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