17 YO CONDENO supremos de este Reino, así como a todos los que están bajo su liderazgo o en su lugar. También a los barones o dueños regionales, laicos o eclesiásticos. Todos están afectados por este Decreto, sea cual seasu estado o su santidad. Que todos sepan que somos los encargados de (aplicar) este castigo práctico y autores de esteReal Decreto. Por tanto, debe ser respetado y preservado con orgullo, sin modificar ni adulterar su texto. Este Decreto es muy valorado por sus Majestades. Si no lo respetan, esto causaráun enormeenojoenSus Majestades, que considerarán que su Santidad habrá sido violadapor medio de dicha transgresión. Las sanciones afectarán tanto a los barones como a otras personasy oficiales reales. Una multa de mil florines de oro, caerá sobre cualquiera que viole este Decreto. Se les exigirá la cantidad sin cesar, y la multa será depositada en las Arcas Reales. Enviamos,junto a este DecretoReal, un testimonio de todas estas cosas, bajo el Sello Real. Emitido en la ciudad de Valencia, el 11 de enero del nacimiento de nuestro Señor 1530 d.C.
RkJQdWJsaXNoZXIy OTg0NzAy