194 y habiendo guardado y creído todos los mandamientos y ceremonias que manda la Santa Madre Iglesia y nuestra fe católica y religión cristiana como siempre lo he tenido y guardado y es público y notorio. Lo otro no me perjudica la probanza de un testigo contra mí presentada de que fue hecha publicación, porque como a vuestras mercedes les consta es único y singular y en sí ningún otro si no hace indicio ni presunción alguna porque es y debe ser mi enemigo capital que como tal dice falsamente con odio y rencor que me tiene y debe tener y no con celo de justicia como consta y parece por susodicha. Y como a tal enemigo capital que los que son públicamente tacho por tal a dicha mujer de Francisco Berrio, difunto, vecina de Trévelez la cual me ha tenido y tiene odio y enemistad capital por muchas causas y razones de riñas y contiendas que conmigo ha tenido. Y en especial porque le dije que me había hurtado cierto trigo y cebada que yo había puesto en cierta cámara que para ello habría tomado esta del beneficiado del dicho lugar, pegada la dicha cámara pared en medio con la casa de la dicha María viuda mujer de Francisco Berrio donde me hurtaron el dicho trigo y cebada. Y viendo que me lo habían hurtado y la dicha era vecina pared en medio y lo habían hurtado por un agujero de la dicha pared tuve por cierto y le dije (LATERAL: Testigos 1. Miguel García vecino de la dicha María vecino de Trévelez. 2. Y Sebastián García, vecino del dicho lugar) Hoja 20 que ella me lo había hurtado de lo cual me cobró odio y enemistad capital y así me lo ha mostrado por obras y palabras de tal enemigo. Y en especial dijo que se lo había de bien pagar y que a mí y a mi marido nos haría poner donde era menester y esto públicamente. Y así ha procurado hacerme mal y habrá dicho contra mí falsamente lo contrario de la verdad. Por todo lo cual y lo demás que de derecho lugar haya pido y suplico a vuestras mercedes que declaren por ninguna la acusación contra mi puesta por el fiscal y caso negado que lugar haya la den por no probada y me devuelvan y den por libre de ella, para lo cual su merced del Santo Oficio suplico imploro y pido cumplimiento de justicia y costas. Licenciado Aguirre. (LATERAL: Voto) (LATERAL, abajo: Tormento)
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