The Inquisition

201 está fuera de él, que se ratifique en lo que fuere verdad. Y siéndole leído y por ella entendido, habiéndoselo declarado la dicha lengua dijo que está bien asentado y que ella lo dijo así y es la verdad para el juramento que hecho tiene y en ello se ratificaba y ratificó. Y ratificó y no lo dice por miedo del tormento Hoja 31 sino por ser así verdad y si es necesario lo dice de nuevo. Preguntada por qué ha callado y encubierto esto que ahora dice hasta ahora, dijo que quiso Dios que no lo dijese hasta que fuese allí. Le fue dicho que se entiende de su proceso que no tiene dicho enteramente la verdad, que se le amonesta por reverencia de Dios diga y declare la verdad enteramente sin encubrir cosa alguna. Dijo con juramento que no le queda otra cosa que decir y así fue devuelta a su prisión. Pasó ante mi Rodrigo Patiño notario (rúbrica). (LATERAL: Audiencia) En Granada a diecinueve de julio de mil quinientos cincuenta y nueve años. Estando el señor inquisidor Coscojales en la Audiencia, mandó traer ante sí a María mujer de Ambrosio Pérez, presa, y estando presente le fue dicho por lengua de Martín López Chacón qué es lo que recordado en su negocio que deba decir por descargo de su conciencia. Dijo que lo que tiene dicho es la verdad y no tiene más que decir. Le fue dicho que ella tiene confesado que hizo las ceremonias de guado y sala y Ramadán con Catalina, mujer de Gonzalo Lanxi, que declare quién es la susodicha y si estaba y cuándo y dónde Hoja 32 hicieron las demás ceremonias y cuánto tiempo. Dijo que esta susodicha viva que fue mujer del dicho Gonzalo Lanxi, difunto y que ella es vecina de Lobras y que hicieron las dichas ceremonias en el dicho lugar en casa de la dicha Catalina y por el plazo de dos años y que hará que las hicieron treinta y ocho años estando esta confesante viuda por muerte de Hernando Loxar de Ferreyra de Portugos. Preguntada que otras personas hicieron las demás ceremonias con esta

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