52 pagará de pena para los gastos extraordinarios de este Santo Oficio cien ducados en los cuales desde ahora se daba y dio por condenado, lo contrario haciendo y para lo así tener guardar y cumplir la vez por firme, obligó su persona y bienes muebles y raíces habidos y por haber, dio poder a las justicias de sus majestades, especialmente a este Santo Oficio, a cuyo fuero y jurisdicción se sometió, renunciando como renunció a su propio fuero y jurisdicción para que así se lo hagan cumplir y pagar bien así y tan cumplidamente como si de su pedimento y consentimiento lo hubiese llevado por sentencia definitiva de juez competente y por él consentida pasada en cosa juzgada, renunció todas y cualesquier leyes que en este caso le pueda aprovechar, especialmente renunció la ley de “sancimus de fide homo”, que habla sobre las talesfianzas y la ley y regla que dice que general renunciación hecha de leyes “non vala”, y otorgo carta de obligación yfianza en forma según aparecerá firmada de mi nombre y lo firmó de su nombre, siendo presentes por testigos Francisco del Castillo y Juan López de Nájera, familiar de este Santo Oficio, y Juan de Medina, vecinos y estantes en esta ciudad. Bartolomé Hernández (rúbrica). Pasó ante mí, Fernando de Montoya notario (rúbrica). Hoja 58 En Granada a siete días del mes de julio de mil quinientos cincuenta y seis años. Estando en la Audiencia de este Santo Oficio los señores inquisidores licenciados Martín Alonso y Padilla, compareció presente el doctor Beltrán, médico y dijo que él ha visto ayer que se contaron seis de este presente mes a Martín de la Quadra al cual halló en la cama mucho más enfermo que cuando estaba en la cárcel, y la lepra mucho más adelante y a esta causa le parece que no está en disposición para que con él se haga diligencia de tormento, y esto le pareció porque así lo vio por vista de ojos como testigo dicho y lofirmó (...) El Doctor Beltrán (rúbrica). (Nota lateral: Notificación alfiador que traiga al preso) En Granada a once días del mes de mayo de mil quinientos cincuenta y siete años. Yo Rodrigo Patiño, notario del secreto de este Santo Oficio, por mandado de los señores inquisidores, notifiqué a Bartolomé Hernández, espadero vecino de Granada comofiador que es de Martín de la Quadra, vecino de esta ciudad en fiado por este Santo Oficio, que dentro de ocho días primeros siguientes que se
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