76 Y siendo por nos amonestado benigna y caritativamente y dándole a entender lo que le convenía para salvación de su ánima y remedido de su cuerpo, y como su primera confesión parecía muy semejante a verdad, y conforme a lo testificado y la revocación que hacía se creía ser por sugestión y persuasión del demonio, dijo y confesó que era verdad que su primera confesión que había hecho ante nos, era cierta y verdadera. Y que si la había revocado fue por ciertos respectos que a ello le movieron y declaró otras ciertas personas de su casta y generación de moros con quien había comunicado la dicha secta y su aprobación en despidió con lágrimas usásemos con él de misericordia. Y por nos visto juntamente con el dicho ordinario y consultores de este Santo Oficio y habido sobre ello nuestro acuerdo. Fallamos que el dichofiscal probó su acusación y querella bien y cumplidamente, damos y pronunciamos por bien probada por lo cual que debemos de declarar y declaramos al dicho Martín de la Quadra haber sido hereje apóstata de nuestra sancta fe católica y estar ligado de sentencia de excomunión por lo cual aunque pudiéramos proceder contra él a mayores y más graves penas, usando con él de equidad y misericordia por algunos santos y buenos respectos que a ello movieron si así es, que se convierta a nuestra santa fe católica de puro corazón y no con simulación ni cautela que le debemos de recibir y recibimos al gremio y unión de la Santa Madre Iglesia, participación de losfieles cristianos, comunión de los santos sacramentos, con que primero abjure toda especie de herejía y apostasía en especial esta de la secta de Mahoma de que fue testificado y confeso, y le mandamos absolver y absolvemos de la sentencia de excomunión de que estaba ligado y en penitencia de sus culpas, mandamos que salga de cadalso con los otros penitentes en cuerpo sin cinto ni caperuza con una vela de cera en la mano y un hábito de paño amarillo con sus aspas coloradas, el cual traiga sobre todos sus vestidos por todos los días de su vida, y este recluso y enmurado en la cárcel que le será señalada por todos los días de su vida, y que no puede redimir ni conmutar la dicha penitencia de cárcel y hábito, mandamos le que confiese las tres Pascuas del año y oiga misa y sermón los domingos yfiestas, y no portar armas ni ande a caballo ni use de las demás cosas prohibidas y vedadas a los Hoja 92 tales a conciliados por leyes y pragmáticas de estos reinos e instituciones de este Santo Oficio. Declaramos todos sus bienes y haciendas ser confiscados y
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